Director:
Julián Plana

Colaboradores:
Véase Página de Firmas

Producción:
Tarsis.net
La originalidad y la intención de Ortega no están en la primera parte de la frase, la anterior a la coma, sino en la posterior a esa coma.
De hecho, yo soy yo y mi circunstancia, que es una referencia al Ideen de Husserl, publicado meses antes (Ich bin ich und meine Umwelt), puede ser una sentencia disculpatoria: yo soy yo pero, claro, está también mi circunstancia...
Sin embargo, la frase completa de nuestro pensador nos obliga a la acción y nos hace responsables del resultado.


CRISIS, CONTROL DE DAÑOS-2
LOS DESAHUCIOS

 

Esta crisis que nos perturba fue imprevista por unos increíblemente imprevisores gobernantes (sí, ésos que, por ejemplo, vendieron una gran parte de nuestras  reservas de oro muy poco antes de que subiera, y mucho, su precio); y ahora, esta auténtica plaga que nos aflige exige de este otro gobierno medidas no sólo estructurales —que sí, que bueno— sino también coyunturales de suma urgencia, más allá de los impopulares recortes e incrementos de impuestos, presuntamente «provisionales».

No estaría de más echar un vistazo ahora al concepto marino de control de daños explicado en el número 1 de esta serie.

Por ejemplo, el gobierno tiene que enfrentarse, urgentemente, al tremendo daño familiar y social representado por la ola de desahucios, que parece que inevitablemente sigue, por si no fuera dañino por sí mismo, al tsunami de despidos.

¿No podría utilizarse provisional y analógicamente para estos casos el concepto de «embargo» pero de ingresos, previsto para los otros tipos de deuda en la legislación española?

Se que se me tratará de lego en materia legal. Es decir en «lo legal» durante lo que en la guerra civil y su postguerra se llamaba tiempo normal, refiriéndose a antes de incluso la preguerra.

Photo by John Kerstholt, wiki

 

¡Y es que la situación es excepcional!

Recuerdo una vieja película de un jovencísimo Gary Cooper, precisamente capitán u oficial de un barco naufragado, que es juzgado por las medidas de emergencia que había tomado. Medidas que habían salvado muchas vidas a costa de las de otros, que ponían en riesgo los botes salvavidas ya repletos. Es absuelto y vitoreado por los supervivientes que han asistido en masa al juicio, al tiempo que él intenta consolar a los familiares de los sacrificados.

Naturalmente, puede haber mejores ideas, pero es irritante que no se hable de ninguna (1).

Ésta consistiría en que:

La sentencia, en vez de ser de desalojo de la vivienda, que generalmente queda vacía y a riesgo de deterioro, saqueo de sanitarios y otros accesorios, u ocupación ilegal (eso que ahora suele escribirse con «k»), sería de embargo del 30% o lo que especifique el complicado artículo de la ley —que prevé también una cierta franquicia inicial— sobre los ingresos familiares; incluido el subsidio de desempleo y similares, claro.

A no ser que el afectado prefiriera la dación en pago. Porque la deuda persistiría, aunque decreciendo lentamente, en espera de tiempos mejores. Y la entidad bancaria no dejaría de conseguir algunas entradas.

Dicho afectado se comprometería formalmente a la rigurosa conservación y, en su caso, reparación del inmueble. Lo que sería objeto de inspección inesperable (no hay otro tipo de inspección que merezca este nombre) y sanción incluso penal.

¡En la crisis como en la crisis!

No estamos en tiempo normal.

JP

(1) Y es que parece que estemos paralizados por el miedo. Léase aquí el «sí, sí, cuento» titulado La Crisis.

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